Durante la emergencia, las medidas de protección para la población serán adoptadas por la Dirección del Plan y llevadas a cabo por distintos Grupos de Acción según se indica en las guías anteriormente descritas. Los sistemas de aviso a la población podrán ser:
6.1. MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL
Se trasladará la información a la población afectada a través de todos los medios de comunicación disponibles, dando prioridad temporal, en el caso de que fuese necesario, a aquellos medios que, por sus características, garanticen mayor inmediatez en la difusión de los mensajes más urgentes.
6.2. INSTRUCCIONES DE PROTECCIÓN A LA POBLACIÓN
En función de la situación accidental, las instrucciones de protección para la población podrán ser del Confinamiento y Autoprotección/Alejamiento y Refugio
En las fichas siguientes se presenta la información básica a comunicar:
INSTRUCCIONES DE ALEJAMIENTO Y REFUGIO
EN CASO DE QUE SEA NECESARIO EL ALEJAMIENTO Y REFUGIO, SE INFORMARÁ MEDIANTE AVISOS DIRECTOS O A TRAVÉS DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN DEL DESTINO Y TRAYECTO A SEGUIR. SE SEGUIRÁN LAS SIGUIENTES INSTRUCCIONES: