Al amparo de la Norma Básica de Protección Civil, aprobada por Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, donde se determina que las emergencias que puedan derivarse de accidentes en los transportes de mercancías peligrosas serán objeto de Planes Especiales, el Consejo de Ministros aprobó, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previo informe de la Comisión Nacional de Protección Civil, el Acuerdo por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el riesgo de accidentes en los transportes de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril (REAL DECRETO 387/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo de Accidentes en los Transportes de Mercancías Peligrosas por Carretera y Ferrocarril).
En la página web de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias se puede acceder al citado Real Decreto.