Es un sistema de gestión de medios y recursos, que pretende garantizar la protección de personas, bienes, y del medio ambiente ante la posibilidad de que ocurra un grave riesgo colectivo, calamidad pública o catástrofe extraordinaria.
La Ley de Protección Civil, la Norma de Autoprotección, la Ley de LPRL, y demás, establecen la obligación en unos casos y la necesidad en otros de disponer un Plan de Autoprotección y Emergencia, para los centros de trabajo, establecimientos, dependencias, etc. Así como para aquellos eventos, espectáculos y demás, que establezcan una serie de medidas preventivas de protección y aseguren la respuesta inmediata ante una situación de emergencia.
De la misma manera, para hacer frente a riesgos específicos, cuyo origen puede ser determinado por causas naturales (incendios forestales, inundaciones, sismos, etc.) o derivados de la actividad humana (transporte de mercancías peligrosas, grandes concentraciones humanas, sustancias químicas, etc.) se desarrollan los planes de protección civil, pero enfocados a prevenir y resolver situaciones de emergencia de una mayor magnitud.
Los planes de protección civil, pretenden ser el marco orgánico-funcional que coordine las acciones y la respuesta de los servicios públicos destinados a la atención y respuesta en emergencias dentro de un territorio o ante un riesgo determinado, cuando estas adquieren una entidad que requieren la toma de decisiones y actuaciones.